La 10.ª sesión de la Conferencia de las Partes (COP10) del Convenio Marco para el Control del Tabaco (FCTC) tendrá lugar en Panamá, del 5 al 10 de febrero de 2024. Tenga en cuenta que esta reunión estaba prevista anteriormente para noviembre de 2023.
Los debates y decisiones de estas reuniones influyen en las políticas de control del tabaco a escala nacional. Estas decisiones serán importantes para determinar el futuro de los productos de nicotina más seguros (SNP), como los vapeadores de nicotina (cigarrillos electrónicos), el snus, las bolsitas de nicotina y los productos de tabaco calentado (HTP). La disponibilidad de estos productos es crucial para hacer realidad el potencial de salud pública de la reducción de daños del tabaco (THR) en los esfuerzos mundiales por combatir las muertes y enfermedades relacionadas con el tabaquismo.
Nuestro Documento informativo de abril de 2023 explicó qué es el FCTC, qué son las reuniones de la COP y cómo funcionan. Este documento proporciona una actualización basada en la Agenda y los documentos que la acompañan para la reunión COP10, publicados hasta septiembre de 2023, y considera las implicaciones que esta reunión podría tener para los SNP y la reducción de daños del tabaco.
¿Cuál es la dirección general de la COP10?
La conclusión más importante es que la reducción de daños del tabaco está actualmente ausente de las deliberaciones.
La reducción de daños es uno de los tres pilares del Convenio Marco para el Control del Tabaco. El artículo 1.d del FCTC define el control del tabaco como «una serie de estrategias de oferta, demanda y reducción de daños destinadas a mejorar la salud de una población eliminando o reduciendo su consumo de productos de tabaco y su exposición al humo de tabaco» [énfasis añadido]. A pesar de ello, la reducción de daños no se ha debatido en las reuniones de la COP hasta la fecha.
Ni la Agenda, ni los documentos publicados que la acompañan para la COP10, ni otros informes destinados a influir en las Partes en la COP consideran que los SNP ofrezcan oportunidades para la salud pública. No hay orientación para los países que deseen incorporar la THR y los SNP en sus políticas de control del tabaco, incluido cómo regularlos en proporción al nivel de riesgo que presentan.
Los SNP se presentan como una amenaza para el control del tabaco, en lugar de como una posible herramienta tanto para apoyar el abandono del tabaquismo como para reducir el consumo de tabaco de alto riesgo.
En general, los documentos de la COP10 pretenden agrupar todos los productos de tabaco y que contienen nicotina en una sola categoría, y no distinguen entre los productos de tabaco de alto riesgo y los SNP. El objetivo es animar a las Partes a prohibir o regular estrictamente el uso de los SNP.
Los principales mensajes que amenazan la THR y el acceso de los consumidores a los SNP son:
– tratar todos los SNP de la misma manera que el tabaco combustible;
– ampliar y aplicar las regulaciones de los productos de tabaco a todas las formas de productos de nicotina y tabaco;
– definir todos los aerosoles emitidos por «productos de tabaco nuevos y emergentes» como «humo»;
– aplicar a los SNP la misma prohibición y/o regulación que a los cigarrillos convencionales, incluida la prohibición de su uso donde está prohibido fumar, grandes advertencias sanitarias gráficas, empaquetado neutro y la prohibición de toda publicidad, promoción y patrocinio;
– prohibir todos los productos de vapeo de «sistema abierto»;
– prohibir todos los sabores, excepto el de tabaco, para todos los SNP; y
– gravar todos los productos que contienen nicotina al mismo tipo impositivo que los cigarrillos.
Los documentos contienen muchas recomendaciones de política, pero carecen de pruebas que las respalden. Las pruebas incluidas son muy selectivas. Ninguno de los documentos parece citar las últimas pruebas de la Revisión Cochrane. Este es el estándar de oro mundial de las revisiones sistemáticas, que encontró «pruebas de alta certeza de que los cigarrillos electrónicos con nicotina son más eficaces que la terapia tradicional de sustitución de nicotina (TSN) para ayudar a las personas a dejar de fumar».
Guía de la Agenda de la COP10 del FCTC y documentos de apoyo
En los documentos de la Agenda, los SNP como clase se denominan «productos de tabaco nuevos y emergentes». Las categorías de productos se describen como ENDS (Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina), también conocidos como vapeadores de nicotina o cigarrillos electrónicos; productos de tabaco calentado (HTP); y bolsas de nicotina. D-ENDS es un nuevo acrónimo para los ENDS desechables.
La Agenda Provisional es preparada por la Secretaría del FCTC en consulta con la Mesa de la COP.
La Agenda Provisional Anotada proporciona detalles sobre lo que la Secretaría invita a hacer a las Partes. Normalmente, se trata de tomar nota y proporcionar orientaciones adicionales, o de adoptar un proyecto de decisión. Una lista de los documentos vinculados a los puntos de la Agenda está disponible aquí.
Hay varios otros documentos que no figuran en el sitio web del FCTC y que desempeñan un papel en la influencia sobre los resultados de la COP10. Algunos de ellos no son de dominio público, pero se mencionan en documentos publicados. Entre ellos se incluyen documentos que supuestamente contienen las pruebas para respaldar las conclusiones de política, algunos de los cuales se publican en un área restringida del sitio web de la COP del FCTC.
Además de los documentos oficiales, hay varias publicaciones ampliamente difundidas por la WHO que pretenden influir en las Partes. Entre ellas se encuentra la página de preguntas y respuestas de la WHO sobre los cigarrillos electrónicos, que está repleta de errores y desinformación. Otra es el recientemente publicado Informe de la WHO sobre la Epidemia Mundial de Tabaco 2023, financiado por Bloomberg Philanthropies, una organización que ha invertido dinero en campañas contra el vapeo.
Puntos y documentos específicos de la Agenda
Hay mucho que leer y descifrar. Algunas de las cuestiones son muy específicas, mientras que otras tienen más matices y requieren conocimientos especializados para interpretar su orientación. A continuación se abordan los puntos de la Agenda que podrían tener el mayor impacto en el futuro de los SNP y la THR.
La Agenda está orientada hacia los debates sobre la nicotina y los SNP, y las referencias al tabaquismo brillan en gran medida por su ausencia.
Puntos de la Agenda relevantes para la THR y los SNP, según se enumeran en la Agenda Provisional
Punto 6.1 Aplicación de los artículos 9 y 10 del WHO FCTC (Reglamentación del contenido y la divulgación de los productos de tabaco): informes de la Mesa, del Grupo de Expertos y de la WHO – Documentos FCTC/COP/10/5, FCTC/COP/10/6 y FCTC/COP/10/7
Los artículos 9 y 10 del FCTC abarcan la reglamentación del contenido de los productos de tabaco y su divulgación.
El documento clave para este punto de la Agenda es FCTC/COP/10/7. Informa sobre los avances realizados por la WHO en relación con el trabajo sobre la reglamentación de los productos de tabaco, pero revela que se ha llevado a cabo muy poca investigación. Pretende redefinir el término «abandono» y desestima los beneficios para la salud logrados al pasar con éxito de los cigarrillos a los SNP, al cuestionar (párr. 24) si «una persona que ha pasado de los cigarrillos convencionales al uso continuado de vapeadores de nicotina puede considerarse que ha “dejado” con éxito». En el párr. 69, el documento afirma (incorrectamente, véase la mencionada revisión Cochrane estándar de oro) que «las pruebas no respaldan el uso de ENDS o ENNDS como ayudas para dejar de fumar a nivel poblacional».
Se invita a las Partes en la COP a considerar la adopción de medidas reglamentarias restrictivas para los vapeadores de nicotina (incluidos los vapeadores desechables), los HTP y las bolsas de nicotina, así como para los sabores en los que están disponibles estos productos (FCTC/COP/10/7, párrs. 68-75).
Las medidas sugeridas con respecto a los «productos de tabaco nuevos y emergentes» incluyen:
– prohibiciones de los «productos de tabaco nuevos y emergentes»;
– cuando no estén prohibidos, las Partes deberían considerar prohibir toda comercialización de los «productos de tabaco nuevos y emergentes»;
– con respecto a las bolsas de nicotina, prevenir todas las formas de comercialización, así como impedir su clasificación como productos farmacéuticos, salvo que sean aprobadas conforme a la normativa farmacéutica; y
– considerar prohibiciones o regulaciones estrictas sobre los vapeadores desechables (D-ENDS).
También se invita a las Partes a adoptar el proyecto de decisión de sustituir el Grupo de Trabajo por un Grupo de Expertos. Esto es significativo porque los Grupos de Trabajo pueden estar abiertos a todas las Partes, mientras que los Grupos de Expertos están firmemente bajo el control de la Mesa de la FCTC y están estrechamente vinculados a organismos de la OMS, como TobReg y TobLabNet, así como a ONG financiadas por Bloomberg, todas las cuales tienden a oponerse a la reducción de daños del tabaco.
Punto 6.2 Publicidad, promoción y patrocinio del tabaco: representación del tabaco en los medios de entretenimiento: informe del Grupo de Trabajo – Documento FCTC/COP/10/8
El documento FCTC/COP/10/8 incluye propuestas de gran alcance para limitar la publicidad, promoción y patrocinio del tabaco (TAPS), que se enmarca en el artículo 13 del FCTC. El impulso para ello es cómo adaptar las directrices del FCTC al nuevo panorama de las redes sociales.
El proyecto de decisión (FCTC/COP/10/8 Anexo 2, página 12) recuerda a las Partes que apliquen medidas relativas a la publicidad, promoción y patrocinio a los «productos de tabaco nuevos y emergentes».
Si las Partes adoptan las directrices del Anexo 1 del informe, los «productos de tabaco nuevos y emergentes» pasarán a incluirse en la normativa sobre TAPS y a recibir el mismo trato que los productos de tabaco:
Las Partes que no hayan prohibido la venta de productos de tabaco nuevos y emergentes deberían garantizar una prohibición integral de la publicidad, promoción y patrocinio de productos de tabaco nuevos y emergentes, incluidos los dispositivos utilizados con ellos, cuya función sea permitir el consumo de tales productos. (FCTC/COP/10/8 Anexo 1, párr. 23)
Estas recomendaciones impedirían que los fabricantes de SNP proporcionaran información objetiva sobre la seguridad relativa de sus productos en comparación con los cigarrillos.
La aplicación de la prohibición de la publicidad prohibiría las ventas en línea de SNP.
El documento define como publicidad todas las formas de comunicación con los consumidores, incluidas las redes sociales. También se anima a las Partes a colaborar con la industria de los medios para reducir las representaciones del tabaco en los medios de entretenimiento.
Punto 6.3 Productos de tabaco nuevos y emergentes: informes de la Secretaría del Convenio y de la OMS - Documentos FCTC/COP/10/9 y FCTC/COP/10/10
Este punto trata de los «productos de tabaco nuevos y emergentes». La intención es aplicar la normativa vigente tanto del FCTC como de sus directrices a todos los SNP.
Hace cinco años, en la COP8, las Partes solicitaron a la Secretaría que preparara un informe exhaustivo sobre la «investigación y las pruebas relativas a los productos de tabaco nuevos y emergentes, en particular los productos de tabaco calentado, en relación con sus efectos sobre la salud, incluidos los de los no usuarios, su potencial adictivo, percepción y uso, atractivo, posible papel en el inicio y abandono del tabaquismo».
FCTC/COP/10/9 no incluye una definición clara de «productos de tabaco nuevos y emergentes».
El informe pretende redefinir todos los aerosoles como «humo», incluso cuando no interviene combustión, como ocurre tanto con los vapeadores de nicotina como con los HTP (FCTC/COP/10/9 párr. 42).
La normativa para los SNP debe ser la misma que para los productos combustibles y los productos de tabaco, situándolos firmemente dentro del ámbito de aplicación del FCTC:
Todos los artículos del CMCT de la OMS y sus directrices para la aplicación pueden aplicarse a los productos de tabaco nuevos y emergentes, incluidos los HTP, y extenderse a los dispositivos necesarios para su uso… (FCTC/COP/10/9 párr. 43)
FCTC/COP/10/10 es el informe de la OMS sobre los HTP. Reafirma que los HTP deben recibir el mismo trato que los productos de tabaco y que los responsables de las políticas deben aplicar a los HTP la normativa nacional existente sobre productos de tabaco. Esto incluiría advertencias sanitarias gráficas, impuestos a un nivel acorde con los productos combustibles, prohibiciones de uso en lugares públicos y las mismas prohibiciones relativas a la publicidad, promoción y patrocinio que para los productos de tabaco combustibles.
Punto 7.3 Contribución del CMCT de la OMS a la promoción y realización de los derechos humanos (punto propuesto por una Parte) – Documento FCTC/COP/10/15
Este es un documento breve sobre los derechos humanos y el tabaco, sin plan de acción ni solicitud de una decisión de la COP. En cambio, se «invita a la COP a tomar nota del presente informe y proporcionar más orientación».
Hay poca explicación o análisis de cómo se relacionan los derechos humanos con el FCTC, más allá de afirmaciones de que las consecuencias adversas del tabaco incluyen amenazas a los derechos humanos básicos. Estas incluyen declaraciones sobre el deber de proteger a las personas del humo del tabaco (párr. 4), referencias al derecho a la vida, al derecho al más alto nivel posible de salud y al derecho a la educación (párr. 5), los derechos de los niños (párr. 9) y los derechos de las mujeres, los pueblos indígenas y los cultivadores y trabajadores del tabaco (párr. 14).
El documento ignora otras consideraciones, entre ellas que la reducción de daños del tabaco y el acceso a productos de nicotina más seguros pueden considerarse parte del derecho a la salud en virtud de los pactos internacionales de derechos humanos (véase, por ejemplo, el documento informativo de GSTHR sobre «El derecho a la salud y el derecho a la reducción de daños del tabaco»).
También falta conciencia por parte de la Secretaría sobre los efectos adversos en los derechos humanos de muchas medidas de control del tabaco, incluidos los derechos al empleo, la educación, la vivienda y la privacidad.
La principal amenaza para los SNP es que la Secretaría del FCTC está posicionando estratégicamente su visión limitada de los derechos humanos y el tabaco dentro del aparato de derechos humanos de la ONU (párrs. 11-14).
Conclusión
Las principales amenazas para la THR y el acceso de los consumidores a los SNP en la agenda de la reunión COP10 son:
– la ausencia de toda consideración de la reducción de daños del tabaco, en contradicción con la obligación establecida en el FCTC de incluirla como uno de los tres pilares del control del tabaco;
– la visión negativa de los SNP, que incluye considerarlos una amenaza para el control del tabaco;
– clasificar los SNP igual que el tabaco y los productos de tabaco combustibles, fomentando así que los países los regulen igual que los productos de tabaco; y
– la ampliación de la misión, mediante la cual el FCTC se está transformando en un Convenio Marco para el Control de la Nicotina y el Tabaco, con el objetivo de prohibir o restringir gravemente el acceso a todos los productos de nicotina y tabaco.
Como señalamos en nuestro anterior documento informativo explicativo sobre el FCTC y la COP, apenas existen vías para que los grupos de defensa de los consumidores presenten alegaciones ante el FCTC, que ofrece un acceso muy restringido a las ONG.
El único medio para reformar el FCTC es a través de las Partes (Estados miembros). Los países que han adoptado, facilitado y respaldado el acceso a productos de nicotina más seguros claramente deben tomar medidas para garantizar que sus avances no se vean obstaculizados por las decisiones de la COP, y tienen la responsabilidad de garantizar que se preste la debida consideración al potencial de los SNP y la THR en la COP10.
Para obtener más información sobre el trabajo de Global State of Tobacco Harm Reduction o sobre los puntos planteados en este documento informativo de GSTHR, póngase en contacto con [email protected]
Sobre nosotros: Knowledge·Action·Change (K·A·C) promueve la reducción de daños como una estrategia clave de salud pública basada en los derechos humanos. El equipo cuenta con más de cuarenta años de experiencia en el trabajo de reducción de daños relacionado con el consumo de drogas, el VIH, el tabaquismo, la salud sexual y las prisiones. K·A·C dirige el Global State of Tobacco Harm Reduction (GSTHR) , que cartografía la evolución de la reducción de daños del tabaco y el uso, la disponibilidad y las respuestas regulatorias a productos de nicotina más seguros, así como la prevalencia del tabaquismo y la mortalidad relacionada, en más de 200 países y regiones de todo el mundo. Para todas las publicaciones y datos en directo, visite https://gsthr.org
Nuestra financiación: El proyecto GSTHR se lleva a cabo con la ayuda de una subvención de la Foundation for a Smoke Free World, Inc. (“FSFW”), una organización global independiente estadounidense sin ánimo de lucro 501(c)(3). El proyecto y sus resultados son, según los términos del acuerdo de subvención con FSFW, editorialmente independientes de FSFW. Los contenidos, la selección y presentación de los hechos, así como cualquier opinión expresada en este documento, son responsabilidad exclusiva de los autores y en ningún caso deben considerarse reflejo de las posiciones de FSFW.